FASE 1 DETECCIÓN, COMUNICACIÓN Y PLANIFICACIÓN DE LA INTERVENCIÓN

TEXTO DE LA FASE 1 DEL PROTOCOLO

Paso 1 Comunicación e información al equipo directivo del centro

La comunicación la puede realizar cualquier persona de la comunidad educativa a

ANEXO 01a COMUNICACIÓN A EQUIPO DIRECTIVO

Paso 2 Medidas provisionales de protección y supervisión

El Equipo directivo, asesorado por el Servicio de Orientación, adoptará las medidas inmediatas de protección que sean necesarias para establecer un espacio seguro en el que cesen las supuestas intimidaciones y agresiones. El Equipo directivo designará a los responsables de supervisar la vigilancia en aquellos lugares y tiempos en los que pueda producirse el supuesto acoso, estableciendo para ello la correspondiente planificación.

ANEXO 02 MEDIDAS PROTECCIÓN Y APOYO INMEDIATO

En caso de agresión grave de carácter sexual debe comunicarse a la Guardia Civil o a la Policía Nacional

Paso 3 Recogida de información y toma de decisiones

La Dirección del centro recabará del alumnado, profesorado y, en su caso, de las familias o tutores/as legales, la información que considere necesaria y suficiente para decidir sobre la procedencia, o no, de iniciar la aplicación del protocolo contra el acoso

ANEXO 01b DECISIÓN Y NOTIFICACIÓN DE INICIO DE PROTOCOLO

La decisión sobre el inicio o no del Protocolo debe comunicarse tanto al inspector del centro como al Equipo de Convivencia (equipoconvivencia@aragon.es) enviando tanto el anexo 1a como el anexo 1b por correo electrónico. Además se debe enviar la documentación por correo postal dirigida a la atención del Inspector Jefe del Servicio provincial de educación.

Paso 4 Constitución del Equipo de valoración

Su composición la decide la Dirección del centro

Deberá estar compuesto por: al menos un miembro del Equipo directivo (preferentemente dos), el/la profesor/a tutor/a del alumno/a y, siempre que sea posible, un miembro de la Red Integrada de Orientación Educativa. Dependiendo de las características del centro podrá incorporarse el/la Profesor/a Técnico/a de Servicios a la Comunidad así como otros profesionales.

La constitución se recogerá en un acta, ANEXO 3 , en el que se irán registrando los momentos de coordinación, las actuaciones realizadas y los acuerdos tomados a lo largo del proceso de valoración

ANEXO 03 ACTA CONSTITUCIÓN DE EQUIPO DE VALORACIÓN