FASE 4. SEGUIMIENTO Y SUPERVISIÓN

TEXTO DE LA FASE 4 DEL PROTOCOLO

Paso 10 Recogida de información de seguimiento

En el anexo 7 el Equipo de valoración determina los integrantes del equipo de seguimiento y planifica el seguimiento y supervisión de la situación, que se registra en el anexo 9.

ANEXO 07 ACTA REUNION EQUIPO VALORACIÓN

ANEXO 09 REGISTRO DE SEGUIMIENTO

El ANEXO 9, debidamente cumplimentado, será entregado al finalizar el curso a la Dirección del centro educativo, incorporándose a la documentación del protocolo y facilitándose copia del mismo al tutor/a del alumno/a en el curso siguiente, siempre que el alumno/a permanezca en el mismo centro.

Paso 11 Valoración de la evolución de la situación

Al finalizar el curso lectivo, la Dirección del centro enviará el ANEXO 10 (cumplimentado por el Equipo de seguimiento) a Inspección de educación y al Equipo de Orientación Educativa en Convivencia Escolar.

ANEXO 10 ACTA REUNIÓN EQUIPO SEGUIMIENTO

En dicho anexo, el Equipo de seguimiento podrá concluir:

  • Que ha habido una evolución favorable de la situación que permite considerar el caso como cerrado
  • Que se considera necesario mantener el caso en seguimiento
  • Que existe reiteración de conductas por lo que se inició el correspondiente PROCEDIMIENTO DE CORRECCIÓN

La Dirección del centro, preservando la confidencialidad de los datos personales, informará
periódicamente al Observatorio de Centro en Convivencia e Igualdad, Claustro y Consejo Escolar de las
solicitudes de apertura de protocolo contra el acoso, del resultado de las valoraciones realizadas y de la
evolución de los casos.